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Fabricación aditiva con soldadura: Cualificación de depósito a presión

Colaboración

08/01/2025

La impresión 3D con metal por arco eléctrico va camino de cambiar radicalmente la producción de componentes metálicos. El proceso de fabricación aditiva "Near Net Shape" con hilo de soldadura da forma a objetos tridimensionales aplicando cordones capa a capa. Podemos encontrar ejemplos en ámbitos como la construcción de instalaciones, la aeronáutica, la fabricación de herramientas y la estructura ligera. Esta tecnología resulta especialmente ventajosa para las geometrías complejas con un alto grado de mecanizado. En este caso, el proceso es más flexible y a menudo más económico que los procesos de mecanizado o conformado.

También ofrece ventajas con respecto a las piezas de recambio, la construcción de prototipos y la producción de pequeñas series. En EE. UU ya hay normas para la impresión 3D con metal, y en Europa se están elaborando para los depósitos a presión no sometidos a acción de llama fabricados de forma aditiva. Linde Engineering, MIGAL.CO, TÜV SÜD Industrie Service GmbH y Fronius están trabajando en primera línea para dar el impulso definitivo a esta variante de producción basada en soldadura por arco.

 

Componentes a medida y "justo a tiempo"

Las técnicas de fabricación convencionales, como la fundición, suelen estar asociadas a complejos moldes y herramientas. A ello se le suman los plazos y los costes de desarrollo. Si una empresa opta por la impresión 3D con metal, puede acortar considerablemente los tiempos de producción. Los procesos de producción aditiva no solo permiten la fabricación rápida de prototipos (Rapid Prototyping), sino también la producción "justo a tiempo". En otras palabras, ayudan a evitar situaciones arriesgadas al depender de un único proveedor, que además suelen implicar altos costes de almacenamiento. Si se necesitan determinados componentes, se seleccionan las "recetas" correspondientes en el software y se "imprimen" según sea necesario. Casi no existen límites para las geometrías de los componentes. Por otro lado, los diseños con topología y flujo optimizados son algo cotidiano en la fabricación aditiva, incluso en el caso de los componentes de gran tamaño.

El proceso de soldadura CMT es ideal para la impresión 3D con metal

La impresión 3D funciona con diferentes procesos. Los procesos basados en hilo, como "Fronius Additive", producen la pieza de trabajo capa a capa fundiendo el hilo de soldadura. Para evitar aplicar demasiada temperatura sobre el material, deben consumir la menor energía posible. El proceso de soldadura Cold Metal Transfer (CMT) basado en MIG de Fronius es especialmente adecuado para la impresión 3D de componentes de aluminio. CMT es un proceso de arco corto "frío" que minimiza el aporte térmico a pesar de su elevada tasa de deposición. Es ideal para la soldadura aditiva, en la que la aplicación cíclica de cordones de soldadura provoca una elevada temperatura entre pasadas.

CMT es compatible con funciones idóneas para la impresión 3D con metal. Un ejemplo típico es la "corrección de potencia", que permite ajustar con precisión la potencia eléctrica aplicada a la fase correspondiente del proceso, mientras la tasa de deposición permanece constante.

"Con nuestras funciones CMT Additive Pro especialmente desarrolladas para la fabricación aditiva, como la corrección de potencia o el estabilizador de deposición (Deposition Stabilizer), que mantiene la tasa de deposición constante, podemos controlar de forma específica la entrada de potencia y, por tanto, la altura y la anchura del cordón", explica DI Leonhard Reiter, Fronius R&D.

Fronius apoya el desarrollo de normas para la fabricación aditiva de componentes y equipos a presión

Como miembro del "Grupo de trabajo conjunto sobre componentes de fabricación aditiva con arreglo a la Directiva sobre equipos a presión del organismo nacional de normalización de Alemania (DIN)", Fronius participó en la cualificación de modelos de un componente soldado de forma aditiva en colaboración con MIGAL.CO, Linde Engineering y TÜV SÜD. En el proceso se examinó la aplicabilidad del proyecto de norma prEN 13445-14 a los componentes de depósitos a presión no sometidos a acción de llama.

La cualificación de los materiales, las pruebas de diseño, los procesos, la fabricación aditiva, las pruebas de componentes y de presión y la documentación completa de la cadena de procesos se llevaron a cabo en los respectivos emplazamientos de acuerdo con las competencias de los socios implicados y, posteriormente, se creó una Additive Manufacturing Procedure Specification (AMPS) vinculante.

"El proyecto de norma prEN 13445-14 y la ya publicada DIN/TS 17026 tienen en cuenta toda la cadena de valor, incluidos todos los detalles de supervisión. Así nos aseguramos de cumplir los requisitos básicos de seguridad definidos en la Directiva sobre equipos a presión 2014/68/UE", afirma la Dra. Ing. Kati Schatz, de Linde Engineering, al describir el contenido de la norma resultante. "Todos los detalles están incluidos. En particular, los requisitos de los materiales, el diseño, la cualificación del proceso aditivo, la producción y las pruebas, así como la recepción y la documentación. El procedimiento apenas difiere del de los depósitos a presión convencionales. Incluso sin la denominada "presunción de conformidad" de una norma que se aspira a armonizar y que está sujeta a un proceso de modificación, la especificación puede servir de guía para todas las partes implicadas en el proceso de fabricación aditiva de equipos de presión".

Diseño, material y material de aporte

La cadena completa del proceso se probó utilizando un depósito a presión en forma de ramificación de tubería. De acuerdo con el modelo, la ramificación (zona de aplicación aditiva hasta el tubo de empalme) se dispuso sobre un tubo base de fabricación convencional con una parte prevista para este fin. Se denomina "componente híbrido" porque el material del sustrato sobre el que se suelda pasa a formar parte del depósito a presión.

"Optamos por el aluminio como material. En la construcción de plantas utilizamos aleación forjada de dureza natural debido a su excelente resistencia a bajas temperaturas, hasta 273 °C bajo cero. Sin embargo, soldar este material es todo un reto. No solo la selección y los parámetros del proceso son decisivos para el resultado, sino también la elección del material de aporte de soldadura", explica Martin Lohr, de Linde Engineering.

El material de aporte desempeña un papel fundamental en la impresión 3D en metal: Tanto al diámetro como a la composición química, que debe contener la menor cantidad posible de hidrógeno, se les aplican estrictas tolerancias. Además, el hilo debe estar libre de inclusiones y enrollado en la posición correcta para evitar problemas en la producción.

"La huella de CO2 del hilo de soldadura es una cuestión medioambiental importante", señala Robert Lahnsteiner, Director General de MIGAL.CO, y añade: "La nuestra es de 3,8 kg de CO2 por kilogramo de aluminio, menos de una cuarta parte de la media internacional".

Diseño de componentes y selección de procesos

La transición del tubo base del depósito a presión al tubo de empalme debe optimizarse tanto en términos de flujo como de topología. En el diseño se determinaron los siguientes espesores: 8 mm para el tubo base, 14 mm para la transición del tubo base al ramal y 5 mm para el ramal.

  Tubo base Transición Ramificación
Material EN AW-5083 /   AlMg4.5Mn Al 5183 / AlMg4.5Mn Al 5183 / AlMg4.5Mn
Espesor de la pared / espesor DED [mm] 8 14 5
Diámetro exterior [mm] 273 273/168 168

Selección del proceso DED (Direct-Energy-Deposition)

Los requisitos básicos del proceso DED (también conocido como Wire-Arc-Additive Manufacturing) para la cualificación del modelo del depósito a presión eran los siguientes:

  • Máxima tasa de deposición posible
  • Proceso de reducción del calor para evitar o minimizar el esfuerzo de enfriamiento y la deformación    
  • Unión sin errores al material base
  • Insensible a los cambios en la distancia entre la antorcha y el componente
  • Reproducibilidad absoluta de la alta calidad de material requerida dentro de los límites del proceso de deposición
  • Ideal para componentes de gran tamaño

Sobre la base de los requisitos, se seleccionó el proceso CMT basado en MIG para la creación de capas de forma aditiva, concretamente CMT mix para la primera capa y CMT Additive Pro para las siguientes, y el uso de la corrección de potencia tuvo una influencia decisiva en el aporte térmico.

Cualificación de procesos

Debido a los diferentes espesores de pared de la transición del tubo base a la ramificación, se requirieron tres cualificaciones de proceso independientes (DPQR) con respecto al campo de aplicación de la prEN 13445-14. Las Deposition Procedure Specifications (DPS) resultantes son vinculantes para el proceso de soldadura aditiva. La "receta" final para la impresión 3D en metal, la denominada Additive Manufacturing Procedure Specification (AMPS), comprende así tres Deposition Procedure Specifications, instrucciones sobre la secuencia de soldadura e información sobre certificados de materiales y cualificaciones de los operarios.

"La calidad constante de los componentes fabricados de forma aditiva se garantiza mediante certificados de material y cualificaciones de los operarios, además de las especificaciones técnicas de soldadura", explica DI Manfred Schörghuber, Fronius R&D.

Como se estipula en la norma prEN 13445-14, cada pieza de prueba se sometió a ensayos destructivos y no destructivos. Se utilizaron pruebas visuales y dimensionales (VT), pruebas de volumen (RT-D) y pruebas de superficie (PT) como métodos de ensayo no destructivos para verificar la ausencia de defectos externos e internos.

"Hemos verificado que se cumplen los requisitos mecánicos y tecnológicos del material de fabricación aditiva y de la conexión híbrida mediante ensayos de composición química, así como pruebas de tracción y flexión, que se realizaron en perpendicular a la dirección de la posición de la capa. Por último, realizamos análisis metalográficos en los puntos de inicio y parada y en la conexión híbrida", explica el Dipl.-Ing. (FH) Martin Boche, de TÜV SÜD.

Planificación y simulación de la trayectoria del robot

La planificación de la trayectoria del robot soldador se llevó a cabo utilizando una ramificación de tubería modelado tridimensionalmente en el software CAM (Computer Aided Manufacturing Software) de Fronius.

"Calculamos la propuesta de fabricación aditiva (el programa de soldadura propiamente dicho) introduciendo la altura de la capa, la posición, la velocidad y la estrategia de producción. La trayectoria de soldadura se visualizó en una celda de soldadura robotizada modelada por nuestro software", comenta DI Leonhard Reiter, Fronius R&D.

Planificación y simulación de la trayectoria del robot

El componente se escaneó con Fronius WireSense para poder posicionarlo perfectamente e intervenir para corregir las tolerancias de fabricación. El innovador sistema de sensores utiliza el electrodo de soldadura como sensor táctil y escanea el contorno de soldadura punto por punto. Si el extremo del electrodo toca la superficie, se produce un cortocircuito que activa una señal de distancia y la transmite al robot de soldadura. El software compara el valor nominal programado fuera de línea con el valor real del recorrido WireSense y, si es necesario, corrige la trayectoria de soldadura para la fabricación aditiva. Inmediatamente después, el hilo retrocede y (mientras el robot sigue moviendo la antorcha de soldadura) vuelve a avanzar hasta el siguiente punto. Aquí se produce un nuevo cortocircuito, se genera una señal de distancia y, si es necesario, se modifica de nuevo la trayectoria de la soldadura. De esta forma se minimizan las desviaciones geométricas.

Fabricación de componentes

Los diferentes espesores de pared en la transición al ramal podrían realizarse con diferentes amplitudes pendulares. Para conseguir la transición óptima necesaria de cordón a cordón y un flujo uniforme se requería un equilibrio térmico constante. Para ello se utilizaron Jobs de soldadura específicos para cada capa con parámetros especiales.

Durante el proceso de soldadura, el componente estaba conectado a un suministro y un retorno de agua. El nivel de agua resultante debía estar lo suficientemente alejado del punto de soldadura para que la temperatura de capas intermedias pudiera mantenerse dentro del rango cualificado, lo que permitió una soldadura continua sin pausas de enfriamiento. El enfriamiento del componente minimizó su deformación y aumentó la tasa de deposición.

"Observamos la formación de las capas con una cámara sincronizada con el proceso que nos permitió analizar posteriormente las desviaciones con mayor precisión", añade Reiter, Fronius R&D.

Control de parámetros y documentación

El software de gestión de datos de soldadura WeldCube controlaba los límites de los parámetros especificados en la AMPS (Additive Manufacturing Procedure Specification) y emitía una advertencia en cuanto se superaban los límites preestablecidos. La suma de todos los parámetros dio como resultado la "huella dactilar" de la estructura aditiva y facilitó el análisis de posibles discontinuidades.

Prueba final de los componentes y perspectivas

La prueba final, incluida la confirmación de la conformidad CE, fue realizada por el organismo notificado 0036 de TÜV SÜD Industrie Service GmbH. En el presente caso, con un material base con datos mecánicos en una futura norma europea armonizada (diseño "armonizado") y un componente de la clase de diseño DC1, el alcance de los ensayos del componente fue el que se muestra en la siguiente tabla:

Tipo de ensayo   Procedimiento de ensayo  Alcance de los ensayos
Ensayo no destructivo
  • Ensayo volumétrico  (RT or UT)
  • Detección de grietas superficiales  (VT and PT) 
100 % de los rangos de diseño pertinentes para cada componente (o 20 % si se utiliza una cuadrícula adecuada que cubra completamente el rango). 
Ensayo destructivo
  • Análisis químico
  • Ensayo de tracción para determinar la resistencia y alargamiento
  • Prueba de doblado
1 x en el área de fabricación aditiva 2 x en dirección desfavorable y, adicionalmente, en el área híbrida   2 x en dirección desfavorable y, adicionalmente, en el área híbrida
Ensayo final

Ensayo de presión del agua

Ensayo de rotura opcional


"Junto con estos ensayos, realizamos análisis metalográficos centrados principalmente en las zonas en las que se detectaron irregularidades. Y también en la zona de transición entre el material convencional y las capas formadas mediante soldadura aditiva, la zona híbrida. El examen metalográfico se utiliza principalmente para verificar los datos recogidos del control de parámetros y los ensayos mecánico-tecnológicos y no destructivos. Para determinar hasta qué punto el material y el proceso de fabricación utilizados son impecables se toman muestras aleatorias", explica Boche.

El grupo de trabajo conjunto sobre depósitos a presión del organismo nacional de normalización de Alemania (DIN), representado por Linde Engineering, TÜV-SÜD Industrie Service GmbH, MIGAL.CO y Fronius, desea aumentar la aceptación de la fabricación aditiva en general y en la construcción de plantas y depósitos en particular con el procedimiento de evaluación de la conformidad según el Módulo G de la Directiva Europea de Equipos a Presión 2014/68/UE en forma de "cualificación de modelo" de un depósito a presión fabricado de forma aditiva con declaración de conformidad UE final para confirmar el cumplimiento de los requisitos de esta directiva de la UE.

"En conclusión, podemos decir con seguridad que décadas de experiencia con procesos de soldadura basados en arco eléctrico, combinados con procesos estables e innovadores como Fronius CMT Additive Pro, invitan a hacer un mayor uso de la impresión 3D en metal en la construcción de plantas y depósitos". Esto nos ofrece ventajas competitivas, sobre todo en lo que respecta a los beneficios asociados, como la optimización de la topología, la producción ‘justo a tiempo’ y la independencia de proveedores externos", resume Schörghuber.

Encontrarás más información sobre la cualificación de modelos en el siguiente documental: https://www.youtube.com/watch?v=hDQjQMDprMI&t=284s

Condiciones generales de entrega y pago

1. APLICABILIDAD

1.1. Todas las entregas y servicios efectuados por nosotros, así como todos los pagos realizados a nuestro favor, estarán sujetos a las presentes Condiciones Generales de Entrega y Venta. En la medida en que algún aspecto no esté regulado en las presentes Condiciones Generales de Entrega y Venta, serán aplicable las leyes españoles que en su caso correspondan. En aquellos casos en que los términos comerciales de los pedidos realizados por el Ordenante sean distintos a los descritos en las presentes Condiciones Generales de Entrega y Venta, no serán vinculantes para nosotros salvo reconocimiento previo y expreso por nuestra parte mediante carta o telefax.

1.2 En la entrega de los productos y/o servicios, el Ordenante reconoce y acepta la aplicación exclusiva de nuestras Condiciones Generales de Entrega y Venta.

2. OFERTAS

2.1 Nuestras ofertas no conllevan ningún tipo de compromiso y están sujetas a modificaciones, salvo que la oferta mencione de manera expresa la existencia de un periodo de compromiso. Aquellos documentos que formen parte de nuestras ofertas - como pueden ser dibujos, ilustraciones, muestras, diseños, datos sobre peso, cumplimiento, consumo o dimensión - contienen o solo constituyen datos aproximados y no se consideran como características acordadas por las partes, salvo acuerdo en contrario. En todo caso, conservamos el derecho a efectuar modificaciones por razones de ingeniería. 

2.2 Nosotros somos los legítimos titulares de los derechos, incluidos los derechos de propiedad intelectual, de todos los costes estimados, dibujos, así como de cualquier otro documento; éstos no pueden ser revelados a terceras partes ni ser utilizados a favor de éstas.

3. ACEPTACIÓN DE PEDIDOS; ACUERDOS ADICIONALES

La aceptación de un pedido, así como cualquier compromiso o acuerdo adicional realizado por nuestros trabajadores y cualquier modificación o alteración de cualquier clase, no será vinculante para nosotros hasta que realicemos confirmación previa y por escrito vía carta, telefax o email.

4. PRECIO Y CONDICIONES DE PAGO; COMPENSACIO

4.1 Los precios son siempre aquellos incluidos en la lista de precios vigentes a la fecha de pedido. Éstos son precios Ex-Works (EXW [Conforme a los Incoterms vigentes en cada caso]) que no incluyen empaquetado, seguro, carga en la fábrica e impuesto sobre el valor añadido; el empaquetado no será devuelto.

4.2 Los pagos se realizarán en metálico, sin ningún tipo de deducción y libre de cargas, dentro de los 30 días a la fecha de factura. Quedará a nuestra decisión qué reclamaciones, totales o parciales, interpuestas por el Ordenante podrán ser compensadas contra dichos pagos. 4.3 Los costes adicionales en la ejecución del pedido por necesidades atribuibles al Ordenante, serán soportados por éste último en su integridad.

4.3 Los costes adicionales en la ejecución del pedido por necesidades atribuibles al Ordenante, serán soportados por éste último en su integridad.

4.4 El retraso en el plazo de pago nos dará derecho a cobrar unos intereses moratorios del siete por ciento por encima del tipo de interés publicado por el Banco Central Europeo, todo ello, sin perjuicio de cualquier otra consecuencia que se pueda derivar de la falta de pago en el plazo convenido.

4.5 No estará permitido que el Ordenante pueda retener los pagos o compensar los mismos contra reclamaciones que sean impugnadas por nosotros.

4.6 Cuando el Ordenante ostente reclamaciones contra nosotros, estaremos facultados en cualquier momento para compensar dichas reclamaciones contra aquellas que nosotros pudiéramos tener frente aquel. 

4.7 Para los servicios efectuados en virtud de contratos de obra (instalaciones, reparaciones, mantenimiento y cualquier otro servicio), facturaremos las tarifas horarias y los precios de los materiales aplicables en el momento de terminación junto con los recargos correspondientes a horas extraordinarias, trabajo nocturno, trabajo durante domingos y festivos; los tiempos de viaje y espera serán considerados como horas de trabajo. Los gastos de viaje y alojamiento serán facturados independientemente. Las tarifas horarias y el precio de los materiales en el momento de terminación están incluidos en Anexo I de estas Condiciones Generales de Entrega y Venta, o, alternativamente, deberán ser notificados al Ordenante previamente al comienzo de los servicios.

5. CUMPLIMIENTO, ENVIO Y RETRASO

5.1 El plazo de entrega y ejecución serán acordados expresamente por las partes y podrá ser modificado por acuerdo mutuo de las partes. El plazo de entrega comienza con la orden de confirmación del pedido, mientras el plazo para la ejecución de los servicios de instalación, mantenimiento y reparación comienza cuando los equipos son entregados. En ningún caso, podrán los plazos comenzar antes de haber transcurrido 14 días desde de que el Ordenante nos haya entregado toda la documentación (e.g. diseños de ingeniería, planos, etc.), permisos o autorizaciones de cuya obtención el Ordenante sea responsable, o desde que haya realizado el pago anticipado acordado. Se considera que los plazos límite de entrega y ejecución han sido satisfechos cuando no hayan podido ser cumplidos por circunstancias atribuibles exclusivamente al Ordenante. En los supuestos en los que en base a un acuerdo especial debamos enviar o despachar el pedido, los plazos de entrega y ejecución se considerarán cumplidos cuando el objeto de entrega haya abandonado nuestras instalaciones antes del cumplimiento del correspondiente plazo.

5.2 Los plazos de entrega o ejecución serán prorrogados por el periodo de tiempo que duren impedimentos y/o circunstancias de carácter imprevisible y que estén fuera de nuestra esfera de control, como pueden ser interrupciones, falta de personal, huelgas ilegales, retrasos en suministros de materias primas esenciales o componentes, asi como circunstancias donde el riesgo es soportado por el Ordenante, siempre y cuando estos impedimentos y/o circunstancias tengan una relevancia material y por lo tanto, provoquen un retraso en el plazo limite de entrega o ejecución. Los impedimentos y/o circunstancias de esta naturaleza anulan las consecuencias del incumplimiento de las que de otra manera seríamos responsables, por el plazo de tiempo que estos impedimentos y/o circunstancias perseveren. En este sentido, cualquier penalidad que haya sido acordada para casos específicos de incumplimiento cesará en sus efectos de manera íntegra en estas circunstancias. Se debe notificar con carácter inmediato del comienzo y fin de estos impedimentos y/o circunstancias. Tanto el Ordenante como nosotros tenemos derecho a resolver el contrato, total o parcialmente (de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula 5.3) si tales impedimentos y/o circunstancias sucediesen. En este caso, el Ordenante, salvo que pruebe negligencia grave por nuestra parte, rechaza entablar cualquier acción para la reclamación de daños y perjuicios contra nosotros.

5.3 Si los plazos límites de entrega o ejecución acordados, o aquellos prorrogados de acuerdo a la cláusula 5.2, son excedidos por un plazo de tiempo superior a cuatro semanas desde la fecha de notificación de la entrega, las partes tendrán la facultad de resolver el contrato siempre y cuando se notifique tal intención a la otra, mediante correo certificado, y ésta se produzca después del vencimiento de los plazos de entrega y ejecución y antes de la fecha en que los productos sean efectivamente enviados, de la forma que confirme FRONIUS. Salvo que el Ordenante pruebe negligencia grave por nuestra parte, éste rechaza entablar cualquier acción para la reclamación de daños y perjuicios contra nosotros.

5.4 Si el Ordenante incurre en una pérdida como consecuencia de un retraso del cual nosotros somos responsables, el Ordenante tendrá derecho a una indemnización equivalente al 0,5% por semana con el límite máximo de 5% - del valor de la parte del pedido que no puede ser utilizado en tiempo o para la finalidad pretendida como consecuencia del retraso. Para otros servicios, la indemnización será igual al 5% del precio. Ninguna reclamación por daños superior a lo anterior será admisible.

5.5 En aquellos supuestos en los que nos hemos comprometido a efectuar el transporte, el modo y ruta del transporte será decidido de forma unilateral por nosotros. El transporte de las mercancías será por cuenta y riesgo del Ordenante. Solo seremos responsables en caso de que se pruebe negligencia grave o dolo por nuestra parte, así como en el caso de responsabilidad civil por productos o servicios defectuosos, o en aquellos casos en los que la responsabilidad no puede ser excluida en virtud de disposición legal. Solo cuando por orden y por cuenta del Ordenante así se nos indique, contrataremos un seguro de transporte y/o daños.

5.6 Estamos facultados para efectuar entregas parciales sin necesitad del consentimiento previo del Ordenante en el caso en que tales envíos sean ejecutados dentro del plazo de entrega correspondiente. En el caso en que las entregas parciales sean ejecutadas en un plazo superior al establecido, requeriremos el consentimiento previo del Ordenante.

5.7 Nuestro cumplimiento con el plazo de entrega estará supeditado a la satisfacción previa por parte del Ordenante de sus obligaciones contractuales en relación con las operaciones comerciales pendientes o no completadas todavía.

5.8 Si el transporte se retrasa por circunstancias cuyo riesgo soporta el Ordenante, éste será responsable de los costes adicionales, como pueden ser por ejemplo los costes de almacén en nuestras instalaciones, por un importe mínimo mensual de 0,5% de la cantidad total incluida en la factura. En estos casos tendremos la facultad de otorgar al Ordenante un periodo de gracia de 14 días como máximo, en caso de que este periodo de gracia sea inútil, tendremos la facultad, a nuestra sola discreción, de modificar las disposiciones que regulan los productos que son objeto de entrega y efectuar la entrega al Ordenante dentro de un plazo de tiempo adecuado, o resolver el contrato y reclamar daños y perjuicios por incumplimiento contractual. En este último caso, estamos facultados, sin necesidad de presentar ninguna prueba en particular, a reclamar un 10% del precio de la pretendida entrega como indemnización de daños y perjuicios. Cuando esté apropiadamente sostenido, también estaremos facultados para reclamar por cualquier daño y perjuicio por encima de dicha cantidad. 

5.9 Para pedidos sin especificaciones o pedidos de mercancías objeto de procesamiento, éstos deben ser entregados dentro de un plazo de tres meses. Si transcurrido este plazo no se entregan, se aplicará lo establecido en la cláusula 5.8.

5.10 Para los servicios ejecutados en virtud de contratos de obra (4.7), el Ordenante estará obligado a la provisión del equipo necesario y el material accesorio (e.g. tornos, raíles, electricidad, etc.) en un plazo de tiempo adecuado y sin coste alguno, incluso en aquellos casos en los que la instalación este incluida en el precio (4.1) o el precio acordado sea fijo. Todos aquellos trabajos preparatorios que deban ser realizados por el Ordenante para los trabajo de instalación (e.g. trabajos de construcción) deben ser completados de forma previa a la llegada de nuestros técnicos. Además, el Ordenante debe tomar todas las medidas de seguridad necesarias para la protección de personas y bienes. En ningún caso, aceptaremos responsabilidad alguna por el personal auxiliar, equipos y materiales accesorios puestos a nuestra disposición salvo que se pruebe negligencia grave por nuestra parte.

6. TRANSMISION DEL RIESGO

6.1 La transmisión del riesgo al Ordenante por los productos entregados, o por los productos en los hayamos realizado una actividad de mantenimiento, reparación o cualquier otro servicio, se producirá en el momento en que abandonen nuestras instalaciones. Lo mismo aplicará a las entregas parciales o a aquellos casos en los que hemos soportado los costes de transporte o ejecutado la entrega, montaje, instalación o cualquier otro tipo de servicio similar. En los supuestos en las operaciones de mantenimiento, reparación o cualquier otro tipo de servicio es llevado a cabo en las instalaciones del Ordenante, la transmisión del riesgo al Ordenante se producirá en el momento en que éste reciba la notificación por la que se le informa de que los servicios han sido completados.

6.2 En los casos en los que se produzcan retrasos en el despacho o transporte de los productos por razones de las que no somos responsables, la transmisión del riesgo al Ordenante se producirá en el momento en que se le notifique que el pedido está preparado para su despacho o envío.

7. PROPIEDAD; RESOLUCION

7.1 La propiedad sobre los productos suministrados no se transferirán al Ordenante hasta que las reclamaciones por importes pendientes o cualquier otro tipo de reclamación – en base a la disposición legal aplicable en su caso- de la que seamos titulares contra el Ordenante sea totalmente satisfecha.

7.2 El Ordenante solo podrá revender los productos suministrados - incluso en el caso en que hayan sido adheridos a otros elementos o hayan sido objeto de procesamiento- en el curso ordinario de sus operaciones comerciales. Sin embargo, esta autorización de reventa se excluye si los derechos de crédito sobre el precio fueran cedidos a terceros o si el negocio jurídico de cesión fuera prohibido, o si el Ordenante fuera insolvente o no cumpliera con sus obligaciones contractuales. Ninguna otra forma de disposición sobre los productos está permitida a favor del Ordenante. En casos de embargo, fideidecomiso o circunstancia similar, el Ordenante deberá notificarnos el acaecimiento de tal circunstancia con carácter inmediato. Los gastos legales en los que incurramos con el objetivo de hacer valer nuestro titulo de propiedad serán satisfechos por el Ordenante.  

7.3 El Ordenante nos cede desde este mismo momento sus derechos de crédito y cualquier otro derecho derivado de la reventa, arrendamiento o leasing de los productos suministrados, incluso si éstos han sido adheridos a otros elementos o han sido objeto de procesamiento; en este sentido el Ordenante deberá realizar la correspondiente anotación en sus libros indicando tal circunstancia. Si los productos suministrados son vendidos o pasan a ser propiedad de terceros para su uso junto a otros elementos (sin importar el que hayan sido adheridos a otros elementos o hayan sido objeto de procesamiento) solo se cederán las obligaciones hasta el importe del precio que se nos deba. Sin perjuicio de cualquier acción de reclamación por daños y perjuicios.

7.4 El Ordenante solo estará facultado para exigir los créditos pendientes y transferirlos en la medida en haya satisfecho sus obligaciones frente a nosotros y no sea insolvente. 

7.5 En caso de incumplimiento por parte del Ordenante de los términos y condiciones de las Condiciones Generales de Entrega y Venta- en particular por el retraso de pagos u otra obligación contractual, y/o por ser insolventeestaremos facultados a resolver el contrato sin otorgar ningún tipo de periodo de gracia o preaviso, o a mantener el contrato vigente y (i) recuperar los productos o (ii) prohibir su utilización. En este sentido, estaremos facultados a vender en el mercado los productos recuperados, después de deducir una comisión del 10% por gastos de gestión, siendo el remanente reducido conforme al total de derechos de créditos de los que seamos titulares contra el Ordenante. En caso de resolución del contrato sin recuperación de los productos, cargaremos al Ordenante una comisión por uso igual al 5% del valor original del producto en cuestión, salvo que la disminución del valor haya sido mayor.

8. GARANTIA

8.1 No damos ninguna garantía por desviaciones normales en el tamaño, peso o calidad (tal y como se tolera por los standards ÖNORM, EN o DIN o los standards que sean aplicables en su caso) ni porque la información proporcionada se adecue a la finalidad contemplada por el Ordenante o para cualquier otra.

8.2 Aunque garantizamos la exactitud de las instrucciones sobre el procesamiento (processing instructions), manuales de uso u operativos y el servicio de atención al cliente, el cumplimiento de las disposiciones legales u otras prescripciones aplicables a la hora de usar los productos y realizar las pruebas oportunas para la finalidad prevista será únicamente responsabilidad del Ordenante. Solo seremos responsables de aquellas indicaciones que difieran de las instrucciones escritas de procesamiento y de las instrucciones de los manuales de uso u operativos en caso de que hayamos emitido al Ordenante una confirmación previa expresa y por escrito, o bien mediante fax o e-mail. 

8.3 Los productos o servicios suministrados deberán ser inspeccionados por el Ordenante de manera inmediatamente posterior al momento en que reciba el pedido. Cualquier defecto debe ser notificado inmediatamente tras el descubrimiento del mismo, mediante notificación por escrito vía carta, telefax o email, expresando el número y fecha de la orden de confirmación del pedido, de la carta de entrega o de la factura, y de los números de serie y número de encargo. Si el Ordenante omite la realización de esta notificación de forma inmediata, no tendrá derecho a reclamar en base a la garantía o en base a una acción de daños y perjuicios por los defectos o malentendidos en cuanto a si el pedido o servicio estaba libre de defectos. La notificación debe indicar que productos o servicios están afectados por el defecto, la descripción detallada del defecto y en que circunstancias se produjo éste. Cualquier defecto debe ser exactamente descrito. Cualquier gasto que podamos incurrir como consecuencia de notificaciones injustificadas o notificaciones que discrepen con las condiciones de uso deberá ser reembolsado por el Ordenante.

8.4 En caso de mantenimiento correctivo y preventivo, nuestra garantía se limita a los servicios prestados. Solo garantizamos el correcto funcionamiento de una instalación, maquinaria, software o similares cuyos componentes no hayan sido totalmente suministrados por nosotros si –a pesar del suministro de ciertos componente por el Ordenante o terceros– hemos asumido de forma demostrable la fabricación de la instalación (o maquinaria o similar) completa, siempre que el fallo en el funcionamiento en cuestión no pueda ser atribuido a una incorrecta o incompleta información por parte del Ordenante.

8.5 Salvo acuerdo en contrario, el periodo de garantía de los productos o servicios se extiende durante un plazo de 24 meses. Sin embargo, desde el 13º mes desde el comienzo del plazo de garantía, nuestra garantía se limitará a facilitar los componentes necesarios para la reparación de los productos, libre de gastos; cualquier otro tipo de reclamación que sobrepase el ámbito especificado anteriormente no será aceptada. Este plazo de garantía limitada también es aplicable a bienes inmuebles y a los servicios realizados sobre bienes considerados inmuebles. El periodo de garantía será efectivo desde el momento de transmisión del riesgo (6). El Ordenante deberá probar siempre, que el defecto encontrado durante el plazo de vigencia del periodo de garantía estaba presente en el momento de transmisión del riesgo. 

8.6 En los casos que otorguemos garantía, estamos facultadosbajo nuestra discreción y dentro de un plazo razonable de al menos 4 semanas de duración- para cambiar el producto o componente defectuoso por un producto o componente libre de defectos, o reparar el defecto(s), o otorgar al Ordenante una reducción razonable de precio, o (salvo que el defecto en cuestión sea mínimo) resolver el contrato. El periodo de garantía no se prolonga por el hecho de cambiar los productos o componentes pertenecientes al producto. Sin embargo, si el plazo de garantía restante- incluyendo el periodo durante el cual nuestra garantía está limitada al suministro sin costes de los materiales requeridos (8.5)- tiene una duración menor de 12 meses, en este caso, el periodo de garantía por los productos, partes o componentes objeto de recambio se extenderá a 12 meses. Los productos, partes o componentes objeto de recambio serán de nuestra titularidad. No reembolsaremos ningún tipo de gasto por reparaciones o intentos de reparación realizados por parte del Ordenante o terceros.

8.7 En la medida en que sea necesario o se pueda esperar razonablemente por parte del Ordenante, el objeto de entrega o servicio, o las partes defectuosas de los mismos serán enviadas a nosotros a nuestra solicitud de forma inmediata y por cuenta y riesgo del Ordenante; en caso de incumplimiento nuestra garantía devendrá nula.

8.8 El Ordenante no está facultado para retener el pago del precio a cuenta de reclamaciones basadas en nuestra garantía o a cuenta de cualquier otro tipo de reclamación que no sea reconocida por nosotros. 

8.9 Aquellas reclamaciones por parte del Ordenante basadas en la cobertura de nuestra garantía estarán excluidas en aquellos casos donde la instalación, el manual de uso y operativo facilitado por nosotros, o que deba ser solicitado por parte del Ordenante, no han sido observados, o en el caso en que el usuario no estuviera obligado a observar dichas instrucciones, si la instalación no ha sido construida adecuadamente y de acuerdo a los correspondientes Standards, y en particular si no ha sido llevada a cabo por constructores autorizados; del mismo modo están excluidos de la garantía cualquier tipo de mantenimiento o trabajo que ha haya sido realizado sobre los productos objeto de entrega sin nuestro consentimiento; si ha sido utilizado u operado de forma incorrecta, u operado sin tener en cuenta las medidas de protección, o desplazado fuera del territorio especificado en el contrato sin nuestro consentimiento; o utilizado contrariando nuestras instrucciones o para usos distintos a los previstos, y además, cuando los defectos son atribuibles a daños de objetos externos, influencia de productos o sustancias químicas, alta tensión, actos de terceros o fuerza mayor; lo mismo aplicará en caso de desgaste natural.

8.10 Nuestra garantía también se excluye en aquellos casos donde hemos sido contratados para llevar a cabo reparaciones, alterar o modificar productos usados o en caso de suministro de dichos productos.

8.11. Finalmente, se excluye cualquier garantía en aquellos casos donde el Ordenante haya empleado nuestros productos suministrados, o bien los servicios provistos por nosotros, en combinación con componentes externos o montados posteriormente, cuya utilización no haya sido previa y expresamente recomendada por nosotros.

8.12. Adicionalmente a los derechos del Ordenante de conformidad con la Cláusula 8.6, en caso de suministro de inversores para sistemas fotovoltaicos, es válida la garantía que rige con arreglo a las condiciones de garantía de FRONIUS, que pueden ser revisadas en https://www.fronius.com/en/photovoltaics/products/all-products/solutions/fronius-service-solutions/fronius-warranties/fronius-warranties.

9. DAÑOS Y RESPONSABILIAD SOBRE LOS PRODUCTOS

9.1 Solo aceptaremos responsabilidad ilimitada por daños, cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que el Ordenante pruebe que lo hemos ocasionado de manera intencionada y dolosa o a causa de negligencia grave, en caso de responsabilidad civil por productos o servicios defectuosos o en aquellos casos donde la responsabilidad no puede ser excluida en virtud de disposición legal. Si el Ordenante prueba que hemos causado un daño por negligencia, nuestra responsabilidad estará limitada al daño realmente ocasionado con un límite máximo igual al valor del pedido. Además, en la medida que la ley lo permita, las reclamaciones de esta naturaleza solo podrán ser ejercitadas dentro de los seis meses posteriores al momento en el que el daño se conoció.

9.2 En el caso de ser demandados por terceros como consecuencia de la entrega o fabricación de productos, de acuerdo a los dibujos, diseños, modelos o en base a cualquier otro documento, facilitado al Ordenante, éste último deberá indemnizarnos y mantenernos inmunes.

9.3 En la medida en que la ley nos lo permita, nuestra responsabilidad de cara al pago de indemnizaciones por daños en la propiedad de acuerdo a la legislación aplicable, incluyendo todos los derechos, queda excluida. En el momento en que se utilicen las instalaciones, maquinaria y cualquier otro producto entregado por nosotros, el Ordenante está obligado a observar de forma estricta todos los reglamentos de seguridad y técnicos, reglamentos de la instalación, instrucción de funcionamiento y manuales de uso, y en particular toda la legislación aplicable al campo de la ingeniería electrónica, y permitir exclusivamente a personal cualificado operar los equipos.

9.4. Declinamos cualquier responsabilidad por daños originados por la aplicación o el uso, conjunto con nuestros productos suministrados, de componentes externos o montados posteriormente que no hayamos recomendado previa y expresamente.

10. CONSENTIMIENTO EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS

El Ordenante se declara conforme a que Fronius International GmbH y sus filiales recojan, traten y utilicen sus datos personales (como nombre, dirección, correo electrónico), en su caso también a través de un proveedor de servicio contratado, con fines de envío de información relativa a productos y servicios de cualquier tipo(p. ej., por correo, e-mail, boletín y otros). No tendrá lugar una difusión ulterior a terceros externos (exceptuando las obligaciones de suministro de información por causas legales o judiciales). Este consentimiento puede ser revocado por escrito en cualquier momento. También cada boletín incluye un link de cancelación.

11. DISPOSICIONES FINALES

11.1 El presente contrato esta regulado por las leyes de derecho común español y los tribunales de Madrid tendrán jurisdicción no exclusiva. La Convención de Viena para la Compraventa Internacional de Mercancías, no será aplicable. 

11.2 Si cualquiera de los términos y condiciones de estas Condiciones Generales de Entrega y Venta es declarada ilegal, invalidada o inaplicable bajo cualquier legislación aplicable, tal condición o término del contrato no se considerará omitido de estas Condiciones de de Entrega y Venta y de ningún modo afectará a la legalidad, validez o aplicabilidad del resto de términos y condiciones.

11.3 El comprador conoce y acepta, que en base a la práctica comercial internacional, un acuerdo relativo a jurisdicción aplicable será considerado acordado por las partes en el momento en que sea incluido en las cartas/documentos de aceptación del servicio, incluso si el cliente guarda silencio o no reacciona ante el mismo. El comprador confirma por la presente que es conocedor de esta práctica comercial y acepta la misma incluso en el sector de negocio de FRONIUS.

12. DISPOSICIONES ESPECIALES PARA EL SUMINISTRO DE PRODUCTOS DONDE SE INCLUYE SOFTWARE O SUMINISTRO DE SOFTWARE SEPARADAMENTE

En los casos de suministro de software, ya sea de manera conjunta con otros elementos o de forma separada (en lo sucesivo “software”), se aplicarán las presentes Condiciones Generales de Entrega y Venta únicamente en tanto que las siguientes disposiciones, o bien las disposiciones acordadas por separado con el Ordenante, no presenten divergencias respecto de estas. 

12.1 ÁMBITO DE UTILIZACIÓN

12.1.1 Nosotros, o bien nuestros licenciatarios, nos reservamos todos los derechos de propiedad intelectual, como los derechos de autor, derechos marcarios, derecho sobre diseños, derecho patentario, derechos de modelos de utilidad y conocimientos técnicos, así como especialmente inventos no protegidos, experiencias comerciales, secretos empresariales y similares, independientemente del momento en que se revelen al Ordenante. El Ordenante obtiene el derecho a utilizar el software, previo pago del monto acordado, exclusivamente para sus propios fines, en función del número de licencias adquiridas. A través del contrato concreto se adquiere únicamente una licencia de explotación. Se excluye la difusión por parte del Ordenante de conformidad con los derechos de propiedad intelectual. Por causa de una posible cooperación del Ordenante en la fabricación del software no se adquieren derechos que vayan más allá del usoestablecido en el presente punto 12. El Ordenante solo puede utilizar el software en un aparato al mismo tiempo, dependerá del Ordenante decidir en quéaparato será utilizado el programa. Bajo utilización del software se entiende cualquier reproducción a largo plazo o temporal del software, ya sea total o parcial, mediante grabación, carga, ejecución o visualización con el propósito de hacer funcionar el software y de procesar los datos que este contiene a través del hardware. El Ordenante no está autorizado para duplicar el manual de uso.

12.1.2 El Ordenante solo podrá realizar copias del software con fines de archivado y aseguramiento de datos bajo la condición de que el software, o bien los posibles materiales que lo acompañan (instrucciones de manejo, embalaje, etc.) no contengan una prohibición explícita y de que todas las marcas de propiedad y copyright se conserven intactas en tales copias. La retraducción (descompilación) del código del programa que vaya más allá de las disposiciones legales no está permitida.

12.1.3. Si el software tiene un sistema técnico de protección anticopia, en caso de daño del original, se suministrará al Ordenante otra copia a cambio del soporte dañado. 

12.2 OTROS DERECHOS

En el momento en que una nueva versión del software esté disponible, el Ordenante está autorizadoa cambiar el paquete de software suministrado por la nueva versión del paquete de software al precio vigente conforme a nuestra lista de precios de actualizaciones. El cambio de software será aplicable a todo el paquete de software, como originalmente fue adquirido por el Ordenante. Con el cambio finaliza la autorización del Ordenante de utilizar el paquete de software sustituido. En este caso, el Ordenante deberá destruir inmediata y completamente todas las copias, copias parciales y también copias de seguridad, así como versiones modificadas o editadas del software y las copias, copias parciales y copias de seguridad de dicho software modificado o editado.

12.3 GARANTÍA

12.3.1 El Ordenante conoce el hecho de que no es posible desarrollar programas de software que funcionen bajo todas las condiciones de aplicación completamente exentos de fallos. 

12.3.2. Garantizamos que el software suministrado cumple las funciones convenidas y posee las características garantizadas expresamente. Todas y cada una de las garantías están supeditadas a la utilización de acuerdo a las disposiciones del contrato. Un defecto se consideraatribuiblea nosotros siempre y cuando el software presente un comportamiento diverso del que figura en la correspondiente descripción de la prestación/documentación, en cada caso en su versión vigente, y cuando este sea reproducible por el Ordenante. Con vistas a un análisis más preciso de los errores que eventualmente se den, el Ordenante se compromete a asistirnos en la subsanación del defecto.

12.3.3 Asimismo garantizamos que el software original ha sido grabado correctamente en un soporte probado. Esta garantía se excluye en caso de software preinstalado y productos de software de terceros.

12.3.4 Cualquier defecto en el software deberá ser documentado por el usuario y se nos debe notificar de forma inmediata y por escrito, siendo aplicable por lo demás el apartado 8.3.

12.3.5 El periodo de garantía será siempre de 12 meses. Este período comenzará en el momento en que se entregue el paquete de software.

12.3.6 Si el paquete de software suministrado es inutilizable o defectuoso (12.3.2), en primer lugar se cambiaráeste por uno nuevo con el mismo título o se proveerá una solución alternativa adecuada. Si se prueba que este nuevo paquete de software es también inutilizable o defectuoso y no somos capaces de reestablecerlo por un coste razonable o dentro de un periodo de tiempo razonable (al menos 4 semanas), el Ordenante podrá solicitar una reducción del precio o resolver el contrato. No reembolsaremos los costes de las reparaciones o intentos de reparación ejecutadas por el Ordenante o terceros.

12.3.7 No garantizamos ningún otro aspecto que vaya más allá del ámbito especificado (12.3.6) y en particular no garantizamos que el software suministrado reúna los requisitos especiales del Ordenante o el usuario, ni tampoco garantizamos las modificaciones o versiones editadas del software (apartado 12.1.2), salvo que el Ordenante pueda probar que no existe conexión entre el defecto y las modificaciones y ediciones. El Ordenante será el único responsable de la selección, instalación y utilización del software y de los resultados que se pretenden alcanzar con él. 

12.3.8 En el caso de reclamación indebida de defectos en el software, estamos autorizados a facturar al Ordenante los costes que esta conlleve, con la tasa de costes vigente en cada caso.

12.3.9 Un cambio de propiedad entre consumidores finales implica la pérdida de los eventuales derechos de garantía.

12.4 RESPONSABILIDAD POR DAÑOS

12.4.1 Todas las demás reclamaciones por parte del Ordenante o terceros, especialmente reclamaciones por daños, cualesquiera que sea su naturaleza, están excluidas, salvo que la parte perjudicada pruebe que el daño fue ocasionado por nosotros de manera intencional o por negligencia grave.

12.4.2 Para cualquier otro aspecto, el apartado 9 se aplicará mutatis mutandis.